Multas por incumplir la Ley de desperdicio alimentario
Ley 1/2025: nuevas sanciones de hasta 500.000 € por desperdicio alimentario
Si tienes un restaurante, un supermercado o cualquier negocio que manipule o venda alimentos, esto te interesa. El 4 de abril de 2025 se publicó la Ley 1/2025 contra el desperdicio alimentario y ya está en vigor. No es una recomendación, es obligatorio. Y ojo, porque las multas por no cumplir pueden llegar a los 500.000 euros. Aquí te contamos qué tienes que hacer para no llevarte un susto.
Qué nos dice esta ley
El gobierno ha dicho: “Se acabó tirar comida a la basura como si nada”. Ahora, todo negocio que genere excedentes de comida tiene que gestionarlos de forma responsable. Y no vale con mirar para otro lado: hay sanciones económicas muy serias para quien no lo haga.
No es solo una cuestión de imagen o de responsabilidad social. Es que te puede salir muy caro no tenerlo controlado.
Las multas: sí, hasta 500.000 €
Si incumples la ley de manera grave o reincidente, la sanción puede alcanzar el medio millón de euros. ¿Qué se considera grave?
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No tener un plan para evitar el desperdicio (si tienes un local grande, más de 1.300 m², estás obligado sí o sí).
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Negarte a donar excedentes cuando son aptos para consumo.
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No colaborar con las inspecciones o no justificar qué hiciste con la comida que te sobró.
No es para asustar, pero sí para que lo tengas claro: esto va en serio.
¿Y si ya dono o reciclo?
¡Perfecto! Pero asegúrate de que todo está documentado. Porque si no puedes demostrar que lo haces, a efectos legales es como si no existiera. Guarda acuerdos, albaranes de donaciones, registros de formación al personal… Todo suma.


